Embajada de Costa Rica

PROCEDIMIENTO PARA APLICAR A UNA RESIDENCIA PERMANENTE POR VÍNCULO DE SANGRE CON COSTARRICENSE

¿Quién puede solicitarla?

Personas cuyos padres, hijos menores de edad o mayores con discapacidad, hermanos menores de edad o mayores con discapacidad, sean costarricenses.

Requisitos:

  1. Formulario de filiación.
  2. Carta de solicitud en español en la que se indique:
    1. razones por las que solicita la residencia
    2. nombre completo
    3. nacionalidad
    4. estado civil
    5. edad
    6. ocupación
    7. dirección del lugar donde vive
    8. lugar o medio para notificaciones 
    9. la carta será firmada frente al funcionario consular, el día de la cita
  3. 3 fotografías recientes tamaño pasaporte a color.
  4. Original y copia de certificado del Registro Civil de Costa Rica que demuestre el vínculo con la persona costarricense con una vigencia mínima de 2 meses.
  5. Original y copia de los siguientes documentos con menos de 6 meses de emisión y apostillados:
    1. Certificado Internacional de Nacimiento
    2. Certificado de Antecedentes Policiales del lugar donde haya residido los últimos 3 años
  6. Copia de todas las páginas de su pasaporte. Este debe tener una vigencia mínima de 6 meses.

Trámite inicial para la obtención de una visa de ingreso a Costa Rica en la Embajada o Consulado Honorario:

El interesado deberá enviar los documentos por correo postal a la Embajada de Costa Rica en Berlín. Revisada la documentación, se dará una cita para que el interesado firme personalmente la carta de solicitud. Debe presentarse con el pasaporte original vigente. 

Si inicia el trámite en un Consulado Honorario de Costa Rica en Alemania, debe hacerlo igualmente con un mes y medio de antelación, pero debe coordinar de previo con el respectivo Consulado.

El interesado deberá enviar los documentos por correo postal a la Embajada de Costa Rica en Berlín por lo menos un mes y medio antes del viaje a Costa Rica. 

 

Trámite posterior para obtener una residencia temporal en Costa Rica:

Una vez enviada la documentación a la Dirección General de Migración y Extranjería, el interesado o su apoderado deben presentar los siguientes documentos adicionales en Costa Rica para completar la solcitud de residencia:

  1. Traducción de documentos que no estén en español, excepto el pasaporte y los certificados que sean emitidos en “versión internacional”.
  2. La detección de huellas digitales procesados por el Archivo Policial del Ministerio de Seguridad Pública.
  3. Prueba de la inscripción de una persona extranjera en el registro consular de la embajada de su país de origen en Costa Rica.
  4. Comprobante de filiación del seguro social a la Caja Costarricense de Seguro Social.
  5. Recibo de pago por la suma de ¢ 125 y ¢2,50; por cada hoja que presente con la solicitud, por concepto de timbres, donde se indique el nombre de la persona extranjera como depositante, en la cuenta 242480-0 del Banco de Costa Rica
  6. Recibo de pago por la suma de US$50,00; donde se indique el nombre de la persona extranjera como depositante. Este dinero debe cancelarse en colones, en la cuenta 242480-0 del Banco de Costa Rica.
  7. Cualquier otro documento solicitado por la Dirección General de Migración y Extranjería.

Costo:

  • - Por autenticación de la firma en carta de solicitud: Ver Arancel 9.
  • - Cualquier costo adicional que solicite la Dirección General de Migración y Extranjería para la finalización del trámite.

Fundamento Jurídico:

  • - Ley 8764 General de Migración y Extranjería, Título VI, Capítulo I.

Para más información en español, haga clic aquí.

 

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